El proyecto propone modificar el funcionamiento de la entidad y crear un Consejo de Políticas Monetarias, Financieras y Cambiarias.
El Bloque Nuevo Encuentro Popular y Solidario presentó un proyecto de Ley de modificación de la Carta Orgánica del Banco Central, que se articula con la creación de un Consejo de Políticas Monetarias, Financieras y Cambiarias. El objetivo de la iniciativa –cuyo autor es el diputado Carlos Heller- es estrechar las acciones de la autoridad monetaria con las políticas macroeconómicas implementadas desde el Estado.
“Intentamos terminar con el ‘autismo’ del Banco Central e ir más allá del criterio limitado de defensa del valor de la moneda, como si esa defensa no estuviera vinculada también a una economía en crecimiento y a un importante poder de compra de la población proveniente de una equitativa distribución de ingresos y elevados niveles de empleo”, consideró el diputado Heller.
La propuesta de conformación del Consejo de Políticas Monetarias, Financieras y Cambiarias se encuentra en las antípodas de la noción que promueve la independencia de los bancos centrales. Se apunta a revalorizar la importancia del trabajo conjunto entre el Banco Central y el Poder Ejecutivo a los fines de idear e implementar políticas consistentes con el programa económico que se aplica.
“Una política económica orientada a un crecimiento inclusivo y con equidad, que atienda a garantizar el acceso de todos y todas a todos los derechos, demanda adaptar las herramientas y los organismos que son los que hacen efectiva esa política”, consideró por su parte el presidente de la bancada Martín Sabbatella y agregó: “El proyecto que presentamos va en esa dirección. Esperamos que tenga una discusión profunda, aunque descontamos la oposición de quienes usaron el Central como una herramienta de aplicación de medidas a favor de la concentración de la riqueza y la profundización de la desigualdad”.
“Para efectivizar el adecuado funcionamiento de ese Consejo se requieren cambios en la Carta Orgánica del BCRA”, explicó Heller. Los cambios propuestos se basan en tres ejes principales: la ampliación de la misión del Banco Central, la modificación del mandato de sus autoridades y el otorgamiento de facultades para intervenir más ampliamente en la política crediticia y de tasas y comisiones del sistema financiero, temas que recogen la experiencia de varios países en estas materias.
Estas son las grandes líneas del Proyecto que se presenta, que posee la misma orientación que el Proyecto de Ley de Servicios Financieros para el Desarrollo Económico y Social, presentado también por los diputados del Bloque Nuevo Encuentro Popular y Solidario, para que la política monetaria y la prestación de servicios financieros contribuyan al desarrollo económico y social con equidad distributiva.
Sobre el Consejo de Políticas Monetarias, Financieras y Cambiarias
El Consejo de Políticas Monetarias, Financieras y Cambiarias tiene por objeto coordinar la formulación y ejecución de la política monetaria, financiera y cambiaria con la política fiscal y de ingresos, de acuerdo a la legislación vigente, para crear condiciones que permitan el cumplimiento de las misiones del Banco Central de la República Argentina, y coadyuvar con los objetivos de la política económica implementada por el Poder Ejecutivo Nacional.
El consejo estará integrado por cinco miembros: el Ministro/a de Economía, el Ministro/a de Trabajo, un representante de los ministerios productivos (Industria, Agricultura y Turismo), el Presidente/a y el Vicepresidente/a del Banco Central de la República Argentina.
Para cumplir con sus objetivos, el Consejo establecerá los lineamientos de la política monetaria, financiera y crediticia, coordinará con el BCRA las políticas cambiarias que deben apuntar al sostenimiento de un tipo de cambio competitivo, y definirá las líneas directrices de las políticas de tasas de interés y comisiones del sistema financiero, así como la orientación de los flujos de préstamos.
Sobre la reforma a la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina
Se especifica que las misiones del BCRA serán: a) preservar el valor de la moneda, en consonancia con un elevado nivel de empleo y un desarrollo económico sostenible, con sentido social y equidad distributiva, y b) garantizar la estabilidad del sistema financiero.
Con esta orientación, se evita que la defensa del valor de la moneda sea un principio en sí mismo, desvinculado del resto de las políticas económicas y sociales.
Según la Carta Orgánica actual, el Presidente, Vicepresidente y directores del BCRA duran seis años en el cargo, un período que excede el mandato del Poder Ejecutivo Nacional, lo que es un claro ejemplo de desconexión entre las autoridades del BCRA y el gobierno electo y responde a la idea neoliberal que la política monetaria debe tener una prescindencia absoluta del Ejecutivo, como si se tratara de un cuarto poder.
Este Proyecto de Ley establece que la duración del mandato del Presidente y Vicepresidente del BCRA coincida con el tiempo del mandato del Presidente de la Nación. Se reduce el plazo de duración de los directores del Banco Central a cuatro años, previendo su renovación por mitades, para no crear una discontinuidad en la gestión. Este funcionamiento se fundamenta en las previsiones de la Constitución Nacional, en su artículo 99 inciso 7 por el cual el Presidente de la Nación nombra y remueve a los empleados cuyo nombramiento no está reglado de otra forma por la Carta Magna.
También se le asigna al BCRA funciones para establecer límites a las tasas de interés y comisiones de los servicios financieros, fomentar obligatoriamente los préstamos a las pymes y a las economías regionales y otorgar redescuentos generales y sectoriales a las entidades, todas estas facultades se ejecutarán en coordinación con los lineamientos generales que fije el Consejo de Políticas Monetarias, Financieras y Cambiarias.
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